RESOLUCIÓN 587/11 RÉGIMEN ACADÉMICO COMÚN PARA LA EDUCACIÓN SECUNDARIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Síntesis del Régimen Académico (Resolución 587/11) Establece: Asistencia y Puntualidad: donde los responsables de los estudiantes son los adultos con firma registrada en la Escuela. En caso que el estudiante hubiera alcanzado la edad de 18 años, él mismo asumirá las responsabilidades que correspondan a este Régimen Académico. El máximo de inasistencias es de 20 (veinte). La escuela comunicará al adulto responsable en dos instancias: al llegar a las 10 (diez) primeras y al alcanzar las 20 (veinte) permitidas. Al llegar a las 20 (veinte) inasistencias el adulto responsable podrá solicitar, ante situaciones excepcionales y debidamente justificadas, una extensión de 8 (ocho) inasistencias más. Si el alumno excede el límite de inasistencias deberá seguir concurriendo normalmente a clases, debiendo rendir ante Comisión aquellas materias en las que exceda el 15% de inasistencias en las clases dictadas efectivamente. Cuando la concurrencia obligue al alumno a un so...






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